Los protocolos del Anfiteatro y Catedral no incluyen inversiones y descartan expresamente cualquier obli-gación jurídica

Francisco Espejo: “Los candidatos Saura y Castejón firmaron unos protocolos fantasma solo con fines electorales”

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Los protocolos del Anfiteatro y Catedral no incluyen inversiones y descartan expresamente cualquier obli-gación jurídica

15 marzo 2019. Los protocolos sobre el Anfiteatro y la Catedral Vieja firmados por Castejón y Pedro Saura no incluyen ni un solo euro de inversión y descartan expresamente compromisos jurídicos concretos y exigibles, según ha comprobado el grupo municipal Popular. Castejón aseguró en público que el documento sobre la Catedral “es un protocolo que garantiza y blinda los tres millones para la Catedral” y afirmó también que el documento sobre el Anfiteatro es un “protocolo de un millón de euros”. “Una cosa y la otra son falsas. El texto de los protocolos, que se ocultó a los periodistas que lo pidieron en la rueda de prensa, no recoge ningún compromiso económico. Ni los tres millones, ni el millón de euros, ni un solo céntimo; el único número que aparece es esos papeles es la fecha de la firma”, ha afirmado el portavoz popular, Francisco Espejo, quien ha recordado que este grupo ya los calificó como “protocolos fantasma” por carecer de proyecto presupuesto.

 

En una rueda de prensa realizada esta mañana en la sede del Partido Popular, Espejo ha explicado que “antes de firmar un convenio con compromisos económicos, la alcaldesa tendría que haber sido autorizada por la Junta de Gobierno. Hemos buscado la autorización y no la encontramos. No la encontramos porque no existe. Castejón no ha sido autorizada para comprometer ningún gasto en nombre del Ayuntamiento y no tiene capacidad para gastar nada, ni siquiera puede comprometer dinero municipal para contratar la dirección de la obra que ha prometido”.

 

Lo peor, según el portavoz popular es que el Ministerio de Pedro Saura también ha huido de cualquier compromiso y ha incluido en los dos protocolos una cláusula que deja los documentos en meras declaraciones de intenciones. “En concreto el Ministerio deja el acuerdo expresamente fuera de los acuerdos con valor jurídico y presupuestario previstos en el artículo 47 de la Ley del Sector Público. Ese artículo diferencia entre los convenios, “con efectos jurídicos”, y los protocolos, que son “meras declaraciones de intención” y `no suponen la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles”. Por tanto, estos dos papeles son exactamente meras declaraciones de intención, sin compromisos jurídicos concretos ni exigibles. Esos protocolos no son más que unos `protocolos fantasma´, papel mojado con fines electorales”.

 

Todos estos datos demuestran que el candidato número uno por el PSOE en la Región y la candidata socialista a la alcaldía de Cartagena aprovecharon el fin de semana anterior a que se prohibiera la propaganda desde el Gobierno para montar un espectáculo propagandístico en beneficio de sus propios intereses electorales.  Si nadie está ni autorizado ni obligado a gastar dinero en ningún proyecto, entonces ¿qué nos han vendido?, ha concluido Espejo.

 

 

 

Artículo 47. Definición y tipos de convenios.

1. Son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.

No tienen la consideración de convenios, los Protocolos Generales de Actuación o instrumentos similares que comporten meras declaraciones de intención de contenido general o que expresen la voluntad de las Administraciones y partes suscriptoras para actuar con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles.

Los convenios no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos. En tal caso, su naturaleza y régimen jurídico se ajustará a lo previsto en la legislación de contratos del sector público.